Indemnizan a viajera por cancelar su vuelo

¿Hay algo que pueda ponerte de peor humor que la cancelación de un vuelo? Creo que no. Tienes tus horarios acordados, tus actividades programadas y cuando llegas al aeropuerto te enteras que deberás esperar varias horas antes de poder partir. Debes realizar innumerables llamadas telefónicas para avisar a quien iba a esperarte, dar las excusas del caso si se trata de asuntos laborales o comerciales en juego, y en muchos casos pierdes una gran cantidad de dinero por operaciones no realizadas.
Esto es lo que le sucedió a una pasajera de una línea aérea española que debía ser transportada desde Madrid a Málaga a las 23:15hs. y que cuando intentó abordar se le informó que el vuelo tenía un retraso y que partiría a las 6:30hs. del día siguiente. La mujer inició una demanda por daños y perjuicios y los resultados fueron contundentes:
Aunque en primera instancia, el juzgado interviniente opinó que la viajera no había demostrado fehacientemente la intención de la compañía de trasladar su boleto al vuelo siguiente a fin de no volar con pocos pasajeros y así reducir gastos, ante la apelación de la damnificada, un tribunal superior consideró que no es función de la “víctima” certificar tal situación sino de la compañía aérea que había establecido - boleto de por medio - un contrato por la prestación de un determinado servicio y que no cumplió.
Tampoco la empresa pudo probar que haya ofrecido a la persona perjudicada la opción de disponer de un hotel por esa noche a cargo de la compañía, y se produjo una contradicción cuando la misma manifestó por escrito que la demora se produjo por una “avería inesperada” que tampoco pudo ser probada.
En consecuencia la firma deberá abonar a la demandante la suma de 450€ en concepto de resarcimiento por el “penoso trance” que tuvo que afrontar. Imagínate por un instante que todos quienes sufrimos este tipo de contingencias iniciáramos acciones legales contra los prestadores de servicios. Seríamos ricos.
© Post original creado por Domibay, S.L.
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YO voy a iniciar acciones legales ahora, hasta donde tengo entendido no es necesario abogado o procurador por lo que si le echáis ánimo y queréis hacerlo escribidme y os paso los textos a etalia.madrid@gmail.com